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23 horas agoon
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adminSanto Domingo.– La nueva Ley de Alquileres de Bienes Inmuebles y Desahucios establece que las reparaciones ocasionadas por el uso o disfrute de una vivienda en alquiler serán responsabilidad exclusiva del inquilino.
De acuerdo con el artículo 24 de la normativa, el arrendatario deberá cubrir con sus propios recursos los arreglos derivados del desgaste natural o daños ocasionados durante su estadía en la propiedad, sin que esto implique un aumento en el precio de la renta.
La ley diferencia estas reparaciones de las de mantenimiento general o estructural, que continúan siendo obligación del propietario. Además, prohíbe a los inquilinos realizar modificaciones que alteren la distribución del inmueble sin autorización previa del arrendador.
Esta disposición busca delimitar con mayor claridad las responsabilidades entre propietarios e inquilinos, a fin de evitar conflictos durante la vigencia del contrato de arrendamiento.